Entregan bono a propietarios que venden su vivienda a familias con subsidio habitacional

Cuando una persona es dueña de una casa o departamento y decide venderla a una familia que tiene en sus manos el subsidio habitacional del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, D.S.49, automáticamente recibirá ­­por una sola vez, un aporte estatal de 50 UF. Es decir, $1.370.000 aproximadamente, ya que el valor de la Unidad de Fomento cambia diariamente.

El Minvu hará entrega de este beneficio siempre y cuando la persona que vende su vivienda cumpla con dos condiciones. El primero tiene relación con el dinero que se genera al vender el inmueble, el cual deberá ser destinado total o parcialmente a la compra de otra casa o departamento que no supere las 2.200 UF, es decir, $60.000.000 aproximadamente.

La segunda condición para recibir este bono establece que los propietarios o propietarias, así como sus cónyuges o convivientes civiles, no pueden ser dueños de una segunda vivienda. Si se cumplen ambas condiciones, la persona interesada en vender la vivienda a otra que tiene el subsidio habitacional del DS49, deberá presentar en el Serviu de su región, los siguientes documentos:

  • Escritura de compraventa de la vivienda vendida a nombre de la familia beneficiada con este subsidio.
  • Escritura de compraventa de la vivienda que compre el vendedor, en la que conste que la adquirió a un valor igual o mayor al valor de la que vendió, con un tope de 2.200 UF y en un plazo menor a los 12 meses siguientes a dicha venta (según inscripción en el Conservador de Bienes Raíces).

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Minvu aporta al medio ambiente y a la economía familiar con subsidio para energía solar térmica

Utilizar la energía del sol para calentar el agua que se consume al interior de una vivienda es algo que se puede lograr a través de un subsidio que entrega el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Este apoyo del Estado permite instalar un Sistema Solar Térmico (SST) en viviendas existentes, lo que mejora las condiciones de vida de las familias, aporta en forma positiva a la economía del hogar y contribuye al cuidado del medio ambiente.

Estos sistemas usan una fuente de energía inagotable como es la radiación solar y por medio de paneles logran calentar agua que se puede consumir al interior de una vivienda, lo que permite a las familias que no tienen este servicio acceder a él. En el caso de las viviendas que cuenta con un calefón a gas u otro mecanismo para calentar agua, esta tecnología genera un ahorro en el consumo energético, lo cual se traspasa al presupuesto familiar.

Las personas propietarias de una vivienda interesadas en obtener este subsidio deben postular al Programa de Protección de Patrimonio Familiar del Minvu, específicamente a la alternativa “Mejoramiento de la Vivienda”.

Este subsidio se entrega a propietarios y asignatarios de inmuebles cuyo valor no supera las 650 UF ($17.800.000 aproximadamente), o bien, que hayan sido construidas por el Serviu o algunos de sus antecesores (Corvi, Corhabit, COU). Infórmate aquí: http://beneficios.minvu.gob.cl/mejoramiento-de-vivienda-y-entorno/mejoramiento-de-vivienda/

Para el caso de los llamados especiales que pueda realizar el Minvu, se consideran también las viviendas con avalúos fiscales de hasta 950 UF y, en el caso de los llamados para condominios, se exige que sean condominios de viviendas sociales.

Resulta importante destacar que el uso de energías renovables no convencionales como la solar, permiten reducir la emisión de contaminantes al interior y exterior de las viviendas, contribuye a la conservación de los recursos naturales y a la disminución del consumo de energía a nivel país.

Para conocer más sobre aportes y beneficios que tiene el Ministerio de Vivienda y Urbanismo relacionados con eficiencia energética puede visitar el sitio http://www.calificacionenergetica.cl/

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