Entregan bono a propietarios que venden su vivienda a familias con subsidio habitacional

Cuando una persona es dueña de una casa o departamento y decide venderla a una familia que tiene en sus manos el subsidio habitacional del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, D.S.49, automáticamente recibirá ­­por una sola vez, un aporte estatal de 50 UF. Es decir, $1.370.000 aproximadamente, ya que el valor de la Unidad de Fomento cambia diariamente.

El Minvu hará entrega de este beneficio siempre y cuando la persona que vende su vivienda cumpla con dos condiciones. El primero tiene relación con el dinero que se genera al vender el inmueble, el cual deberá ser destinado total o parcialmente a la compra de otra casa o departamento que no supere las 2.200 UF, es decir, $60.000.000 aproximadamente.

La segunda condición para recibir este bono establece que los propietarios o propietarias, así como sus cónyuges o convivientes civiles, no pueden ser dueños de una segunda vivienda. Si se cumplen ambas condiciones, la persona interesada en vender la vivienda a otra que tiene el subsidio habitacional del DS49, deberá presentar en el Serviu de su región, los siguientes documentos:

  • Escritura de compraventa de la vivienda vendida a nombre de la familia beneficiada con este subsidio.
  • Escritura de compraventa de la vivienda que compre el vendedor, en la que conste que la adquirió a un valor igual o mayor al valor de la que vendió, con un tope de 2.200 UF y en un plazo menor a los 12 meses siguientes a dicha venta (según inscripción en el Conservador de Bienes Raíces).

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Minvu aporta al medio ambiente y a la economía familiar con subsidio para energía solar térmica

Utilizar la energía del sol para calentar el agua que se consume al interior de una vivienda es algo que se puede lograr a través de un subsidio que entrega el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Este apoyo del Estado permite instalar un Sistema Solar Térmico (SST) en viviendas existentes, lo que mejora las condiciones de vida de las familias, aporta en forma positiva a la economía del hogar y contribuye al cuidado del medio ambiente.

Estos sistemas usan una fuente de energía inagotable como es la radiación solar y por medio de paneles logran calentar agua que se puede consumir al interior de una vivienda, lo que permite a las familias que no tienen este servicio acceder a él. En el caso de las viviendas que cuenta con un calefón a gas u otro mecanismo para calentar agua, esta tecnología genera un ahorro en el consumo energético, lo cual se traspasa al presupuesto familiar.

Las personas propietarias de una vivienda interesadas en obtener este subsidio deben postular al Programa de Protección de Patrimonio Familiar del Minvu, específicamente a la alternativa “Mejoramiento de la Vivienda”.

Este subsidio se entrega a propietarios y asignatarios de inmuebles cuyo valor no supera las 650 UF ($17.800.000 aproximadamente), o bien, que hayan sido construidas por el Serviu o algunos de sus antecesores (Corvi, Corhabit, COU). Infórmate aquí: http://beneficios.minvu.gob.cl/mejoramiento-de-vivienda-y-entorno/mejoramiento-de-vivienda/

Para el caso de los llamados especiales que pueda realizar el Minvu, se consideran también las viviendas con avalúos fiscales de hasta 950 UF y, en el caso de los llamados para condominios, se exige que sean condominios de viviendas sociales.

Resulta importante destacar que el uso de energías renovables no convencionales como la solar, permiten reducir la emisión de contaminantes al interior y exterior de las viviendas, contribuye a la conservación de los recursos naturales y a la disminución del consumo de energía a nivel país.

Para conocer más sobre aportes y beneficios que tiene el Ministerio de Vivienda y Urbanismo relacionados con eficiencia energética puede visitar el sitio http://www.calificacionenergetica.cl/

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Energía limpia para el hogar

Con la idea de apoyar a las familias en la reducción de sus gastos en consumo eléctrico y fomentar el uso de energías limpias, es decir, aquellas que no generan residuos contaminantes, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo cuenta con un subsidio habitacional que permite instalar Sistemas Solares Fotovoltaicos (SSF), equipos capaces de transformar la luz del sol y convertirla en electricidad que se puede usar en una vivienda o espacios comunitarios, en caso de los condominios sociales.

Junto con generar un ahorro significativo en el presupuesto de cada familia, el uso de energías renovables no convencionales, como la solar, permite reducir la emisión de contaminantes, promueve la conservación de los recursos naturales y el medioambiente y aporta a disminuir el consumo de energía a nivel nacional.

Las personas o familias que cuentan con una vivienda y están interesadas en acceder a la instalación de un Sistema Solar Fotovoltaico deben postular a la alternativa de Mejoramiento de la Vivienda del Programa de Protección del Patrimonio Familiar (PPPF) y cumplir con los requisitos que exige este subsidio, los cuales puede conocer en el siguiente vínculo: http://beneficios.minvu.gob.cl/mejoramiento-de-vivienda-y-entorno/mejoramiento-de-vivienda/

El aporte del Estado para financiar la instalación de un sistema de estas características puede fluctuar entre 50 y 65 UF, es decir, de $1.370.000 a $1.780.000 aproximadamente, dado que la UF es una unidad financiera que se reajusta diariamente. A este apoyo se suma el ahorro mínimo que deben presentar las familias al momento de postular y otros aportes adicionales, lo que es una opción y dependerá de cada proyecto.

Un aspecto a destacar es que una vez aplicado el subsidio por parte de las personas o familias beneficiadas, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles recibirá los antecedentes técnicos del proyecto y revisará el equipo ya instalado.

Para conocer más sobre aportes y beneficios que tiene el Ministerio de Vivienda y Urbanismo relacionados con eficiencia energética puede visitar el sitio http://www.calificacionenergetica.cl/

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Sepa a qué subsidios puede postular por Internet y cómo hacerlo

Tres son los programas habitacionales a los que el Minvu permite postular en línea desde la comodidad del hogar, un cibercafé, el trabajo o cualquier lugar con buena conexión a Internet.

Fondo Solidario de Elección de Vivienda (D.S.49), subsidio para la Clase Media (D.S.1) y el programa de Arriendo (D.S.52) son las opciones habitacionales a las que se puede postular a través de internet, sin embargo, las personas o familias interesadas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener la Clave Única otorgada por el Servici0 de Registro Civil e Identificación.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica que exige la alternativa de subsidio a la que desea acceder.
  • Optar por la alternativa de postulación individual.
  • Tener depositado el ahorro mínimo que exige el subsidio al que se desea postular, en alguna de las instituciones financieras con información en línea con el Minvu:
    • Banco Estado
    • Banco Scotiabank / Desarrollo
    • Caja de Compensación Los Andes
    • Coopeuch
  • Tener las cotizaciones de AFP al día (solo para postular al programa de Arriendo)
  • Las personas o familias interesadas en postular vía Internet al Subsidio para la Clase Media deben tener un Certificado de Pre-aprobación de Crédito Hipotecario otorgado por las siguientes entidades crediticias en convenio con el Minvu (excepto quienes postulen al Título I, tramo 1 (viviendas de hasta 1.000 UF):
  • Banco Estado
  • Banco Scotiabank / Desarrollo
  • Banco Santander / Banefe
  • Coopeuch
  • Caja de Compensación Los Andes
  • Hipotecaria la Construcción S.A
  • Banco de Chile / Banco CrediChile
  • Administradora de Mutuos Hipotecarios M y V S.A.

¿Quiénes no pueden postular a través de Internet?

Las personas que se encuentren en algunas de las siguientes situaciones deberán realizar su postulación en una oficina del SERVIU:

  • Si es extranjero/a, excepto si la postulación es al programa de Arriendo.
  • Si es conviviente civil, según lo establece el Acuerdo de Unión Civil (AUC).
  • Si se encuentra separada de hecho e inició el trámite de divorcio (con demanda notificada).
  • Si usted o algún integrante del grupo familiar pertenece al Cuerpo de Bomberos de Chile. Solo en caso de postular al Fondo Solidario de Elección de Vivienda (D.S.49) o Subsidio para la Clase Media (D.S.1).
  • Si usted, su cónyuge o conviviente civil, es funcionario/a de Gendarmería de Chile.
  • Si el ahorro acreditado para postular no está depositado en algunas de las entidades financieras en línea con el Minvu.
  • Si tiene derechos en comunidad respecto a una propiedad.
  • Si es propietario de un inmueble que se encuentre declarado inhabitable o de un sitio que no sea apto para la construcción.
  • Si la postulación es colectiva.
  • Si la postulación es para construir en sitio propio o en densificación predial (programas Fondo Solidario de Elección de Vivienda y Subsidio para la Clase Media).

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¿Cómo obtengo el pago de mi subsidio para sectores medios?

Si tiene en sus manos un subsidio destinado para familias de sectores medios (D.S.1) y busca aplicarlo en la compra de una vivienda, debe presentar en el Serviu de su región una serie de antecedentes al momento de solicitar el pago del aporte que le entrega el Estado, los cuales pueden variar según las características de la casa o departamento que espera adquirir.

Los documentos que debe presentar son los siguientes:

  • Certificado de subsidio habitacional debidamente firmado y endosado.
  • Copia de la escritura de compraventa inscrita en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Copia de inscripción de la prohibición de enajenar y de celebrar acto o contrato (vender o arrendar la vivienda) durante el plazo de 5 años.
  • Permiso de edificación y certificado de Recepción Municipal.
  • Si la vivienda es nueva y no forma parte de un proyecto habitacional aprobado por Serviu, se debe presentar planta de arquitectura de la vivienda con timbre de la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva.
  • En caso de viviendas usadas, es necesario presentar la tasación comercial y el Informe Técnico de Habitabilidad y Aceptabilidad de la Vivienda, si corresponde.

Si todos los antecedentes mencionados están correctos y en orden, el pago del subsidio habitacional debería hacerse efectivo entre 20 y 30 días hábiles.

Quienes postularon al Primer Llamado Nacional 2018 del Subsidio para Sectores Medios, realizado entre el 9 y el 20 de abril, pueden conocer en el siguiente enlace los resultados: http://resultadopostulacion.minvu.cl/

 

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